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Liquidador de sanción por información exógena

Art. 651 del Estatuto Tributario · Liquidación en 2026 (el año de la UVT vigente al momento de liquidar, no del año gravable de la información)

UVT 2026: $52.374 · Sanción mínima: $524.000 (10 UVT redondeado, art. 577) · Tope: 7.500 UVT = $392.805.000

1 · Base con cuantía

Suma total de los valores de las partidas informadas con errores, no suministradas o extemporáneas (formatos 1001, 1003, 1004, 1005, 1006, 1007, 1008, 1009, 1011, 1012, 2276, etc.). Liquide un año gravable por vez — el tope de 7.500 UVT aplica por año.

2 · Partidas sin cuantía

Número de datos no suministrados o incorrectos cuando no es posible establecer la base para tasar la sanción (0,5 UVT por dato).

3 · Tarifa aplicable a la base con cuantía

Elija la tarifa según la conducta.

4 · Reducción Art. 651 E.T. (excluyente)

Elija solo una según el momento en que subsane la omisión.

5 · Reducción adicional Art. 640 E.T. (opcional)

Aplica si cumple las condiciones del art. 640 (sin sanción firme en el año anterior o los 2 últimos, entre otras).

💡 Consejo: El escenario más favorable es subsanar antes del pliego de cargos (reducción al 10%) y adicionalmente cumplir las condiciones del Art. 640. Puede llevar la sanción a un mínimo indicativo del 5% de la sanción plena (10% × 50%).

Liquidación

Sanción con cuantía (base × tarifa)
$0
Sanción sin cuantía (0,5 UVT × N)
$0
Total bruto (limitado a 7.500 UVT)
$0
Después de reducción Art. 651
$0
Después de reducción Art. 640
$0
SANCIÓN A PAGAR (redondeada a miles · mín. 10 UVT)
$0

Fuentes

Art. 651 E.T. — Sanción por no enviar información o enviarla con errores.
Art. 640 E.T. — Aplicación de principios de lesividad, proporcionalidad, gradualidad y favorabilidad en régimen sancionatorio.
Resolución DIAN 000238 de 2025 — Valor UVT AG 2026: $52.374.

Referencia: liquidador Excel de consultorcontable.com (William Dussan Salazar) · V1.8 31-01-2026.

⚠️ Aviso legal y limitación de responsabilidad

Esta herramienta ha sido desarrollada por GORDILLO & CASTAÑEDA AUDITORES SAS – GORCAS SAS con fines exclusivamente informativos. Los cálculos ocurren localmente en su navegador y no se transmiten a ningún servidor. Los resultados son estimaciones de apoyo y no constituyen asesoría tributaria; no reemplazan la liquidación oficial ni el criterio profesional de un contador o revisor fiscal. La verificación contra la norma vigente es responsabilidad exclusiva del usuario.

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